Derecho de Familia · Tobarra
Abogado de familia en Tobarra
Separaciones, custodia, pensiones y todo lo que toca al derecho de familia en Tobarra, con la claridad y la cercanía que estos asuntos piden. Llevo tu caso desde Albacete y Almansa, estés donde estés.
Divorcios y custodia
Pensiones y convenios
Albacete y Almansa
Derecho de familia
González-Moncayo Abogado, especialista en derecho de familia en Tobarra
Dentro del Derecho Civil, esta rama regula las relaciones personales y patrimoniales entre quienes forman un hogar, desde el matrimonio y las parejas de hecho hasta la filiación, la patria potestad, la custodia, las pensiones o la división del patrimonio. Se trata de cuestiones delicadas, donde un acompañamiento cercano y con criterio lo cambia todo. Como letrado centrado en esta materia, llevo los asuntos de Tobarra y de su entorno desde Albacete y Almansa, con comunicación directa y seguimiento constante.
Mis servicios
Mis servicios en derecho de familia
Dentro del derecho de familia se dan muchos escenarios: divorcios, relaciones paternofiliales y los derechos y obligaciones de cada parte. Estas son las áreas en las que trabajo contigo.
Acuerdos prematrimoniales
El acuerdo prematrimonial es un contrato que las dos personas que van a casarse firman antes de la boda. En este documento se detallan las reglas que regirán vuestra vida en común, el régimen económico del matrimonio y la aportación de cada parte a las cargas familiares. También se pueden pactar otros aspectos como el uso de la vivienda, el cuidado de los hijos o una eventual compensación económica. Sirven para proteger el patrimonio de cada parte y evitar disputas si más adelante hay separación o divorcio. Estas capitulaciones matrimoniales permiten elegir el régimen económico (separación de bienes, gananciales o participación) y se otorgan ante notario, para que ambos sepan desde el primer día a qué atenerse. Valoro con vosotros qué régimen es el más adecuado y preparo el contrato.
Patria potestad y custodia
La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que padre y madre tienen sobre sus hijos. Supone decidir juntos las cuestiones de mayor peso en la vida de los menores: el colegio, la salud, la educación o la residencia, por ejemplo. Por el simple hecho de serlo, padre y madre ostentan la patria potestad salvo que un juez los prive de ella. La guarda y custodia se refiere al día a día con los hijos: quién asume el desayuno, el colegio, la recogida y la rutina diaria. Separo con claridad la patria potestad (art. 154 del Código Civil), que normalmente sigue siendo compartida, de la guarda y custodia, que puede ser compartida o exclusiva (art. 92 CC), con su régimen de visitas (art. 94 CC) y, si es necesario, punto de encuentro familiar.
Procedimientos de convenio regulador
El convenio regulador resulta obligatorio si el divorcio lo solicitan ambos cónyuges y también cuando lo pide uno de ellos sin contar con el consentimiento del otro. Cuando el divorcio es de mutuo acuerdo, se prepara y se acompaña a la demanda. En el convenio (art. 90 CC) han de constar, entre otros puntos, la guarda y custodia, el régimen de visitas y comunicación (incluidos los abuelos), el uso de la vivienda (art. 96 CC), la liquidación del régimen económico y, cuando corresponda, la pensión compensatoria. El convenio necesita la aprobación del juez para producir efectos. Lo redacto de forma completa y exigible, para ahorrarte conflictos futuros.
Parejas de hecho y relaciones paterno filiales
Si no hay hijos en común, no hace falta ningún trámite judicial para separarse. Si hay hijos de por medio, las obligaciones parentales son iguales que en un matrimonio; lo que varía es únicamente el cauce legal. Mientras el matrimonio se disuelve por divorcio o separación, aquí se acude a las medidas paternofiliales. Cabe plantearlo de mutuo acuerdo o a instancia de uno solo. Lo ideal es alcanzar un acuerdo para que todo se resuelva antes. Cuando las partes no pactan, es el juez quien decide por la vía contenciosa (arts. 748.4 y 770 LEC). Gestiono la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha y, cuando la relación acaba, la custodia, las visitas y la pensión de los hijos comunes.
Pensión alimenticia
Con la pensión de alimentos, un progenitor cubre lo que su hijo necesita para vivir dignamente. Suele surgir cuando los padres se separan o se divorcian, siempre que los hijos sean menores o dependan económicamente. Se trata de un derecho de los menores, amparado por la ley, y conviene no mezclarlo con la pensión compensatoria, una figura diferente. Comprende el sustento, la vivienda, el vestido, la educación, la asistencia médica y los gastos de embarazo y parto. El importe (arts. 142 a 146 CC) se fija en función de los medios del obligado y de lo que el menor necesita; y persiste aunque quien deba pagarla esté sin empleo. Gestiono su fijación, su actualización, la reclamación de gastos extraordinarios y su ejecución por impago.
Paternidad. Reclamación e impugnación.
Impugnar y reconocer la paternidad son dos acciones de filiación diferentes, y es importante no confundirlas. La filiación es el lazo legal que enlaza a padre o madre con su hijo de la que surgen los alimentos, la patria potestad, los apellidos y demás derechos y obligaciones. Si existen dudas sobre la veracidad de una paternidad ya reconocida, cabe impugnarla. Si el hijo nace dentro del matrimonio, la paternidad se presume, aunque esa presunción admite prueba en contra, incluida la biológica. Por su parte, la reclamación persigue que se declare legalmente quién es el padre o la madre. Asumo ambas acciones (arts. 764 y siguientes de la LEC), casi siempre con prueba biológica y con la máxima discreción.
Divorcio de mutuo acuerdo y contencioso
No hay dos divorcios idénticos, y escoger el cauce adecuado lo cambia todo. Habiendo acuerdo, la vía es la rápida: convenio regulador (art. 777 LEC) y, sin hijos menores, hasta ante notario. A falta de acuerdo, se va al contencioso (art. 770 LEC) y es el juez quien resuelve la custodia, las pensiones y la vivienda. Te digo con claridad qué vía te conviene y asumo las medidas provisionales (arts. 771 a 773 LEC) mientras se resuelve el procedimiento.
Modificación de medidas
Las medidas que se fijaron entonces pueden cambiar. Si se modifican las condiciones que se tuvieron en cuenta (el trabajo, los ingresos, un traslado o las necesidades de los menores), es posible cambiar la custodia, las visitas o la pensión con un procedimiento de modificación de medidas (art. 775 LEC). Valoro si el cambio justifica la modificación y lo defiendo ante el juzgado.
Liquidación de gananciales y vivienda familiar
Roto el matrimonio, hay que dividir lo que era de los dos. Gestiono la liquidación de la sociedad de gananciales (arts. 1392 y siguientes CC), de repartir los bienes y de decidir el uso de la vivienda familiar (art. 96 CC), ya sea por acuerdo o ante el juzgado si no lo hay.
Pensión compensatoria
Nada que ver con la de alimentos: la pensión compensatoria (art. 97 CC) corrige el perjuicio económico que el divorcio ocasiona a uno de los dos. Valoro si procede en tu caso, su cuantía y su duración, y la reclamo o me opongo a ella según tu posición.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre derecho de familia
El derecho de familia es el conjunto de normas jurídicas que regulan los asuntos que afectan a los miembros de una familia, entendida como institución natural y social; se enmarca en el Derecho Civil y se ocupa del matrimonio, las parejas de hecho, la filiación, el patrimonio familiar, la tutela y las sucesiones, con el Código Civil como norma de referencia.
El abogado de familia acompaña en divorcios, custodia, adopción, filiación y cualquier conflicto entre parientes. Actúa como mediador en las disputas, defiende a sus clientes ante el juzgado e interviene en las negociaciones. También prepara documentos importantes, como acuerdos prematrimoniales o capitulaciones matrimoniales.
Abarca cuestiones que afectan de lleno a las relaciones personales: matrimonio, filiación, tutela, patrimonio familiar y divorcios. De ahí la importancia de un letrado bien formado en esta disciplina, que aborde estos asuntos con sensibilidad, ofrezca un trato cercano y contribuya a reducir el conflicto.
Sí. Que no tenga trabajo no le libra de pagar; el importe se calcula según su situación económica y las necesidades de los menores.
Podéis organizaros por vuestra cuenta, si bien el problema llega si alguien incumple: sin un documento que respalde los derechos y las obligaciones de ambos progenitores, no habrá forma de exigir su cumplimiento.
El de mutuo acuerdo se resuelve normalmente en semanas o pocos meses tras presentar la demanda; el contencioso, en cambio, depende de la carga del juzgado y de lo complejo del caso, pudiendo alargarse más de un año, por lo que el acuerdo es siempre lo más ágil.
Que no pague no hace desaparecer lo que debe. Cabe reclamar los atrasos mediante la ejecución de la sentencia, y el juzgado puede embargar nóminas, cuentas o bienes. El impago persistente e intencionado puede constituir, incluso, un delito de abandono de familia.
La vía es el procedimiento de modificación de medidas (art. 775 LEC), demostrando un cambio real y estable en las circunstancias que se tuvieron en cuenta al fijarlas: una variación en los ingresos, el empleo, la residencia o lo que los hijos necesitan.
Cada caso tiene su vía y sus plazos
Dime qué te ocurre y te señalo la vía, lo que se puede solicitar y sus posibilidades.
Sobre el despacho
Salvador González-Moncayo, abogado de familia en Tobarra
Salvador González-Moncayo Cuevas ejerce como abogado matrimonialista, colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Albacete, con despachos en Albacete y Almansa. Centrado en el derecho de familia, lleva personalmente cada asunto ante los tribunales, con comunicación directa y seguimiento constante del caso.

Otras áreas
Cómo más puedo ayudarte
¿Hablamos de tu caso?
667 566 264
633 327 060
C. Gaona, 8, 3.º
C. Corredera, 24, 1.ª
Contacto