¿Verdad que a tu alrededor ves como cada día más gente se divorcia? Es normal, ya que en la actualidad los divorcios han crecido de una forma exponencial. Esto ha provocado como consecuencia una serie de temas a tratar como es el caso de la custodia compartida y dónde empadronar a los hijos.
Si eres padre o madre sabrás que estas preguntas siempre provocan dudas e incertidumbre. De hecho, es lo que ocasiona más miedo en todo este tema del divorcio, el empadronamiento y la custodia compartida.
A lo mejor te has preguntado, ¿Dónde empadronar a mis hijos? La pregunta es de vital importancia y siempre debemos pensar en la estabilidad de los hijos más allá de las diferencias dentro de la pareja. El empadronamiento por custodia compartida engloba muchos factores como son:
Asistencia escolar.
Centros asistenciales para la salud.
Cuidados sanitarios.
Ocio y cultura.
Debes tener en cuenta todos estos factores y no tomar una decisión a la ligera o sin darle la importancia que tiene. No hace falta explicar que es un tema muy delicado. Además, los hijos menores se tienen que empadronar en un solo domicilio cuando se tiene la custodia compartida. Por eso, hay que estudiarlo muy bien antes de dar pasos en falso.
¿Por qué empadronar a los niños con uno de los padres después del divorcio?
Si te has divorciado seguro que esta pregunta te ha rondado varias veces por tu cabeza. No pienses que es raro, al contrario, es una pregunta común en todos los procesos de divorcio. Lo ideal para la estabilidad emocional es que exista una custodia compartida entre la madre y el padre. Ahora bien, aunque la custodia sea compartida, el empadronamiento en dos domicilios a la vez no es posible.
La normativa indica que los descendientes menores se tienen que empadronar en una sola residencia. Además, la residencia del empadronamiento será aquella donde los hijos pasen la mayor parte del tiempo dentro del año natural. Los periodos de convivencia deben ser equilibrados, siendo los mismos padres los que llegan a mutuos acuerdos. Se debe tomar la decisión más acertada para el desarrollo emocional y físico de los descendientes.
Soluciones más comunes a las que llegan los núcleos familiares
Como puedes imaginar, la comunicación entre las partes es fundamental. Llegar a los diferentes acuerdos sin conflictos es lo más inteligente siempre.
Los admite el progenitor que obtuvo la figura del empadronado.
La inclusión de los hijos puede ser alternada durante años siguientes. Siempre estará en la unidad familiar que le corresponda, la del padre o la madre.
También pueden ser incluidos por el progenitor al que la inclusión de los hijos le resulte más ventajosa en la declaración de la renta (IRPF). Para valorarlo, conviene simular las declaraciones (conjunta e individual) y comparar el resultado, repartiendo después, si procede, el beneficio con la otra parte.
Sea cual sea la solución elegida, siempre debemos pensar en lo mejor para nuestros hijos. Ya sabemos que todos los padres dicen que buscan lo mejor para sus hijos, pero por desgracia no siempre actúan en consecuencia.
Empadronamiento de los hijos según si hay sentencia o no
Al tener clara la decisión de la separación, nos encontraremos con dos situaciones ante el empadronamiento. La primera está dirigida a las personas que no tengan iniciado el trámite de separación o divorcio, o que estén en trámite pero aún no tengan la sentencia.
Cambio de residencia con un solo progenitor
Como su propio nombre indica, en el momento de solicitar este trámite debes pedir la inscripción o el cambio de domicilio a uno solo de los padres, y para ello debes cumplir con los siguientes requisitos:
Firmas conjuntas
Como regla general se exigen ambas firmas. El progenitor que ejecute el trámite del cambio de empadronamiento deberá contar con la firma del otro progenitor en el apartado correspondiente de la hoja del padrón. Si no, deberá aportar una autorización por escrito anexada a la hoja del padrón.
Declaración responsable
Es la alternativa para cuando, de forma excepcional, no se pueda obtener la firma de ambos padres. En ese caso, corresponde presentar una declaración responsable en la que se manifieste que se ostenta la guarda y custodia del hijo o de los hijos, que estos conviven con quien realiza el trámite y que no se cuenta con la firma del otro progenitor. En caso de no proceder así, corres el riesgo de que el Ayuntamiento correspondiente lo deniegue.
Empadronamiento con sentencia
Se trata de empadronar a tus hijos en el ejercicio del régimen de guarda y custodia establecido en la sentencia. A continuación puedes ver los distintos supuestos:
Guarda y custodia preferencial
Si has obtenido la guarda y custodia preferencial podrás empadronar a tus hijos, y la solicitud deberá ir acompañada de:
La resolución judicial.
Una declaración responsable de que la resolución está vigente y de que no existe otra posterior que modifique los términos de esos acuerdos.
Que el progenitor que efectúa la solicitud no esté incurso en los supuestos de los artículos 158.3.c o 103.1.c del Código Civil (medidas para evitar la sustracción del menor).
Guarda y custodia compartida
En este caso el procedimiento dependerá de lo que indique la sentencia respecto del empadronamiento de los menores:
Si la sentencia establece lo que hay que hacer, los padres están obligados a cumplir con ello.
Si la sentencia no dice nada, el Ayuntamiento requerirá una prueba documental en la que expresen por escrito el mutuo acuerdo entre ambos para tramitar el cambio de residencia del menor.
De no acreditarse el mutuo acuerdo, el ente competente exigirá una nueva resolución judicial que se pronuncie expresamente sobre el empadronamiento.
Como habrás escuchado en múltiples ocasiones, lo mejor es tramitar el divorcio de la manera más pacífica posible, siempre pensando en la estabilidad de los hijos.
Empadronamiento custodia compartida: un solo domicilio para el menor
Aunque exista custodia compartida, los menores de edad solo pueden constar empadronados en un único domicilio. La convivencia puede repartirse por periodos con ambos progenitores, sin perjuicio de que la vivienda que figure en el padrón municipal sea una sola.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, regula el padrón en sus artículos 15 y 16: toda persona que reside en España debe inscribirse en el padrón del municipio donde vive habitualmente, y sus datos acreditan la residencia habitual y el domicilio. Esa es la razón por la que el menor solo puede figurar en un domicilio.
La elección de ese domicilio se adopta, en primer lugar, por acuerdo de los progenitores, que suele recogerse en el convenio regulador o en la sentencia. Cuando no hay acuerdo, decide el juez: tras las alegaciones de ambos progenitores, se da audiencia al menor si tiene suficiente madurez y puede intervenir el Ministerio Fiscal. El régimen de guarda y custodia compartida se regula en el artículo 92 del Código Civil, mientras que el empadronamiento es un trámite administrativo distinto que no altera la patria potestad, que habitualmente sigue siendo compartida tras el divorcio. Todo se resuelve pensando siempre en el interés del menor.
Documentación para tramitar el empadronamiento
Para inscribir o cambiar el domicilio del menor en el padrón municipal necesitarás preparar cierta documentación y presentar la solicitud en tu ayuntamiento. El padrón es un registro gestionado por cada municipio y coordinado a nivel estatal por el Instituto Nacional de Estadística. La gestión del padrón sigue las instrucciones técnicas dictadas para los ayuntamientos, que detallan cómo tramitar el alta y el cambio de domicilio de los menores en estos supuestos.
Entre lo habitual encontrarás:
El certificado o volante de empadronamiento del domicilio donde se inscribe al menor.
El formulario o modelo de alta o cambio que facilita cada ayuntamiento.
El consentimiento o la autorización de ambos progenitores, salvo que exista resolución judicial que lo supla.
Con el empadronamiento correcto, el menor tiene acceso con normalidad a los servicios públicos que dependen de su domicilio, por ejemplo la escolarización o determinadas ayudas.
Fiscalidad y empadronamiento en custodia compartida
Como puedes imaginar, nadie puede formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. ¿Qué quiere decir esto? Que el beneficio a nivel fiscal lo obtendrá quien tenga el empadronamiento del menor.
Conviene tener cuidado al realizar la declaración de la renta, ya que en ella se valora el número de hijos y, para ello, el empadronamiento es relevante. En la tributación conjunta, los hijos solo pueden pertenecer a una unidad familiar, de modo que los propios padres asumirán la decisión de en cuál de las dos los incluyen.
La sentencia debe indicar los acuerdos establecidos; de lo contrario, el Ayuntamiento podría no considerarla válida y ocasionarte un problema. En el ámbito del derecho de familia, conviene contar con información clara antes de decidir el domicilio de empadronamiento.
Preguntas frecuentes
¿Puede un menor estar empadronado en dos domicilios con custodia compartida?
No. Aunque la custodia sea compartida, el menor solo puede figurar empadronado en una vivienda. El padrón municipal admite un único domicilio de empadronamiento por persona.
¿Quién decide el domicilio si los progenitores no se ponen de acuerdo?
Lo ideal es el acuerdo de los progenitores. Si no lo hay, decide el juez: el ayuntamiento pedirá una resolución judicial que se pronuncie expresamente sobre el empadronamiento del menor.
¿Cómo afecta el empadronamiento a la escolarización y a las ayudas?
El domicilio empadronado se usa como referencia para la escolarización y para solicitar ayudas y becas. Por eso conviene decidirlo bien, ya que muchos trámites y servicios públicos se vinculan a ese domicilio.
¿Hace falta el consentimiento de ambos progenitores?
Como regla general sí, se necesita el consentimiento o la autorización de ambos progenitores. Cuando no es posible, se aporta una declaración responsable o, en caso de desacuerdo, la resolución judicial correspondiente.







26 respuestas
Actualmente estoy a la espera de sentencia, solo hemos tenido unas medidas cautelares hasta la fecha.
Pero en su día por un mal asesoramiento firmé el consentimiento para empadronarlo en otro municipio. Ahora mismo puedo demostrar con creces que no es lo más conveniente para mi hijo de un año de edad.
Y me pregunto si en estos casos ya lo tengo todo perdido?
Buenos días, muchas gracias por comentar; por un lado tendríamos que saber si posteriormente va a haber otro juicio para en ese asunto alegar tus argumentos.
Por otro lado, la Sentencia puede ser recurrible,con lo que tienes otra opción, y por último, si lo puedes demostrar con creces, puedes interponer una modificación de medidas para cambiar esa situación que en su día firmaste.
Así que, posibilidades claro que tienes.
Si necesitas más información, contacta con nosotros.
Un saludo.
Buenos días me llamo Gianmaria, tengo un acuerdo de divorcio con custodia compartida, en marzo traslado mi residencia a Italia por tema de trabajo, como determinamos, las visitas, las videollamadas, los gastos y las vacaciones?
Gracias
Buenos dias y gracias por escribirnos. Lo que debes hacer si existe una modificación como la que me dices, sería modificar ese Convenio, adaptándolo a la nueva situación. Si necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros https://gonzalezmoncayoabogado.com/consultas/ Gracias
Muy buenas,
Tengo una pregunta. Mi ex pareja estaba empadronada en un piso y también nuestra hija menor. Lleva más de un año viviendo en casa de sus padres y fui a pedir el documento de empadronamiento de nuestra hija y veo que sigue empadronada en el antiguo piso que está cerrado y en venta. Le dije a mi ex que no quiero que la niña siga empadronada allí. Puedo hacer algo yo? En plan ir al ayuntamiento y pedir que tomen en mano el asunto? Por cuales razones estaría ella haciendo eso? Existe algún beneficio sobre esta práctica? Gracias.
Buenos dias, solicite el cambio de empadronamiento y si existe un procedimiento judicial abierto, hágalo constar para que se revuelva. Un saludo
Buenas tardes .
Tengo custodia compartida y mis hijas están empadronadas con el padre en onde residiamos antes como familia , no l deja empadronarlas conmigo . Ellos aun estan el la casa que era familiar . Yo no tengo vivienda propia tendria alguna fotma de pedir el empadronamiento conmigo ?
Buenos dias y gracias por escribirnos, en el procedimiento judicial se puede solicitar que estén un año empadronadas en cada domicilio, se debió pedir en la Sentencia pero ahora se puede presentar escrito al Juzgado y pedirlo. Si necesitas más información, no dudes en contactar https://gonzalezmoncayoabogado.com/consultas con nosotros. Un saludo
Buenos días,
Estoy divorciado y tengo un piso del que soy propietarioa 100% como vivienda nido de mis dos hijos. Cada semana estamos uno de los progenitores con ellos en mi piso. Estamos empadronados los 4 en otra vivienda. Ahora mi exmujer me propone empadronarnos los 4 en MI piso. Quisiera saber si supone algún problema para mí o mi propiedad el hecho de empadronarnos los 4 en mi piso. ¿que contras puede tener? Gracias de antemano.
Un saludo,
Buenos dias y gracias por escribirnos, no es un problema, de hecho lo normal es que os empadronéis en el domicilio donde habitualmente vivís y no en otro. Un saludo
Hola, en una separacion de mutuo acuerdo con custodia compartida pero sin sentencia, que perjuicio puede acarrear al padre en el futuro si deja que su expareja se empadrone en otra localidad junto a la hija menor de ambos, para poder cursar el año que viene en un colegio de esa localidad? El tambien alquilaria un piso cerca para poder estar cerca de la niña y poder tener la custodia en su propio piso en semanas alternas, aunque eso seria unos meses despues que el traslado de su ex y la niña. Gracias.
Buenas tardes y gracias por escribirnos. En esta materia es muy difícil predecir situaciones o hechos concretos. Una custodia compartida no se suele llevar a cabo si los padres residen en diferentes localidades, ya que el intercambio semanal o quincenal que se establezca de los menores es inviable, a nivel escolar igual. No termino de entender bien tu consulta. Si eres tan amable, escríbenos un mensaje privado por cualquiera de nuestros canales o redes sociales y tratamos de darte una solución más concreta.
Buenos días, mi pareja tiene la custodia compartida de sus dos hijos (14 y 16 años). La madre se mudó a otro municipio y les empadronó allí sin consentimienton del padre, nos estamos enterando hoy buscando un certificado de viaje para beneficiarse de un descuento de residente.
Esto es legal? Está bien hecho? Como es en el caso de la custodia compartida, con quién deben empadronarse? Que medidas se pueden tomar en este caso si ha sido ilegal cambiarlos de domicilio sin autorización paterna?
Buenas tardes y gracias por escribirnos. Tendriamos que ver la Sentencia donde se regula cómo actuar en estas situaciones. Si el incumplimiento ha sido grave, deberá iniciarse una demanda de ejecución de Sentencia por el incumplimiento del pacto, pronunciamiento o acuerdo relativo a esa cuestión. Un saludo
hola buenas tardes
mi expareja y yo llevamos 1 año y medio separados (no estábamos casados) a día de hoy no hemos firmado ningún tipo de convenio la hija en común de (3 años) esta empadronada en el piso que teníamos en común de alquiler yo estoy en casa de mis padres puedo optar a empadronarla en casa de mis padres aun que la madre por comodidad no quiera? ella achaca que como esta empadronada «toda» su vida allí y lleva desde la guardería en la misma localidad no puedo optar por eso
me gastaría saber que de cierto eso
gracias de antemano
Buenos dias y gracias por escribirnos. Lo único que puedo decirte es que es un error grave, el que no tengáis ninguna regulación sobre las relaciones de tu hija, asi que, en mi opinión, sería eso en lo que os deberíais de centrar para posteriormente aclarar aspectos como donde está la menor empadronada. Un saludo
Hola:
Cuando mi hijo nació la madre y yo teníamos la relación ya muy deteriorada por lo que yo le dije que sería mejor tener un convenio regulador para fijarlo todo en caso de ruptura. Ella ni tan siquiera hizo caso. Me dijo que había que empadronar al niño y que iba a ser en su casa donde ambos convivimos durante su embarazo (sin yo estar tan siquiera empadronado) y me negué argumentando que podíamos alternar un año en el domicilio de cada uno. Entonces ella lo empadronó por su cuenta, no sé muy bien cómo y la pareja se rompió. ¿Qué puede ocurrir a partir de esa ruptura? Ella ha impuesto un régimen de visitas a su conveniencia y el bebé cuenta con a penas un mes
Buenos dias y gracias por escribirnos. Debes iniciar un procedimiento judicial para fijar una serie de medidas que regulen tus relaciones con el menor, teniendo en cuenta todas las circunstancias. Un saludo
Buenas tardes, mi marido tiene un hijo de 26 años con discapacidad física del 80 % pero no incapacitado juridicamente, está en custodia compartida por sentencia judicial desde 2014, está empadronado con nosotros desde 2017,la madre ahora exige el empadronarlo con ella puesto que según ella no opta a determinadas ayudas económicas por no constar en el padrón, deseo saber si puede tener consecuencias si ella decide darlo de alta en su vivienda sin el consentimiento del padre así como otra duda que me asalta, la sentencia judicial de custodia compartida en la que se establece que cada mes está con cada progenitor no se puede presentar como justificante de que ese hijo convive o forma parte de la unidad de convivencia pese a no estar empadronado??
Muchísimas gracias
Buenos dias, lo siento pero no te puedo asesorar en ese trámite. Un saludo
Hola, tengo custodia compartida con el padre de mi hijo. En el Convenio indica que a efectos administrativos tiene que estar en el domicilio materno (empadronamiento). El padre ahora que está el niño empadronado en mi domicilio indica que no me ha dado su consentimiento para dicho trámite. Pero en la sentencia indica lo anteriormente dicho. Sentencia firmada por el mismo padre y un juez… ¿que consecuencias puede haber ahora si me demanda?
Buenos dias y gracias por escribirnos. No debe tener ninguna consecuencia ya que tienes una Sentencia que te indica cómo proceder. Un saludo
Buenas tardes.
Tengo una custodia compartida con la madre de mi hijo. Ella vive con su pareja en otro municipio donde no está empadronada a efectos legales. Yo vivo con mi pareja actual en otro municipio el cual estoy empadronado. El tema es que el niño está empadronado en con su madre y hermanastra (la cual sí que vive en dicho domicilio) por lo tanto cuando está en su semana lo cuida su hermanastra, no su madre por el simple hecho de fastidiarme a mí hasta tal punto de no poder ni trabajar y hacerme la vida imposible al no poder empadronar a mi hijo conmigo y teniéndome que desplazar cada vez que me toca a mí sin tener vehículo y teniendo que coger transporte público con el niño por lo que lo tengo que levantar a las 5 de la mañana para coger dos autobuses para llegar a las 9 al colegio, y a la salida lo mismo por lo que llegamos a mi casa a las 17. Algo inhumano para un niño de 10 años sin que viva ninguno de sus dos progenitores en dicho municipio y empadronada falsamente.. estoy desesperado
Buenos dias y gracias por escribirnos. Le aconsejo que modifique esas medidas paterno filiales para que se adapten a la situación real, y sobretodo, al bienestar de su hijo. Si necesita más ayuda, no dude en contactarnos: https://gonzalezmoncayoabogado.com/consultas/
Un saludo
Agradecería aclaración sobre qué tipo de beneficios fiscales conlleva el empadronamiento en el domicilio de uno de los progenitores si la custodia es compartida, pues Hacienda prioriza el Convenio reconocido por Sentencia y en la declaración debe señalarse custodia compartida y no puede hacerse la declaración conjunta con el menor. Una inscripción en el padrón, como acto administrativo, entiendo nunca va a prevalecer frente a una Sentencia. También tengo entendido que con la custodia compartida se puede en años alternos desgravar al menor el padre/madre con quien esté en su custodia a 31 diciembre , por lo tanto nunca la misma persona podrá hacer la declaración conjunta con el menor todos los años.
Buenas tardes, no podemos ayudarte con trámites de Hacienda, lo debes consultar con tu asesor/gestor. Un saludo.