¿Cuándo puedes denunciar al otro progenitor?

denunciar padre madre
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Cuando la relación con el otro progenitor se rompe, es normal sentir que «esto habría que denunciarlo». Pero denunciar al otro progenitor solo tiene recorrido cuando su conducta constituye un delito. Muchas cosas que indignan (llegar tarde a las entregas, hablar mal de ti al niño, gastar de más) no son denunciables penalmente, sino asuntos del juzgado de familia. Soy Salva González-Moncayo, abogado de familia y penal en Albacete y Almansa, y aquí te explico cuándo sí puedes denunciar, cuándo no, y qué conviene valorar antes.

Denunciar no es lo mismo que demandar

Es la primera confusión que aclaro en el despacho. Denunciar es acudir a la vía penal porque crees que hay un delito: se presenta ante la policía, la Guardia Civil o el juzgado, y puede acabar en un juicio penal. Demandar (o pedir la ejecución) es la vía civil de familia: cuando el otro incumple lo que dice la sentencia o el convenio, pero sin que haya delito.

La mayoría de los conflictos entre progenitores se resuelven por la vía de familia, no por la penal. Reservar la denuncia para cuando de verdad hay un delito evita que te vuelva en contra en tu propio procedimiento (lo veo más abajo).

Cuándo la conducta del otro progenitor es delito

Estos son los supuestos en los que denunciar al otro progenitor sí tiene base penal, con la norma que los regula:

Impago de la pensión de alimentos

Dejar de pagar la pensión fijada en una resolución judicial puede ser el delito de impago de la pensión de alimentos (art. 227 CP), cuando se acumulan las mensualidades que exige la ley. No es «denunciable» el primer mes de retraso, pero sí un impago reiterado. Antes de la vía penal, muchas veces conviene la ejecución civil de la pensión de alimentos.

Abandono de familia

La dejación grave de los deberes de asistencia inherentes a la patria potestad puede encajar en el delito de abandono de familia del art. 226 CP. Hablamos de un incumplimiento serio y sostenido de las obligaciones con el hijo, no de un desacuerdo puntual.

No devolver o llevarse al menor

Cuando un progenitor retiene al menor o no lo devuelve tras el periodo que le corresponde, o se lo lleva sin consentimiento, puede constituir sustracción de menores (art. 225 bis CP). Lo desarrollo en detalle en el artículo sobre el delito de sustracción de menores.

Malos tratos o violencia en el ámbito familiar

La agresión o el maltrato dentro de la familia se persigue penalmente: el art. 153 CP para el maltrato ocasional y el art. 173.2 CP para la violencia habitual. Aquí la denuncia no solo es posible, es la vía adecuada, y activa medidas de protección. Es un terreno sensible que trato aparte en violencia familiar.

Delitos contra el menor

Las conductas más graves (agresiones, delitos contra la indemnidad sexual, coacciones) tienen su propio reproche penal y, además, permiten al juez adoptar medidas urgentes de protección del menor al amparo del art. 158 CC. Por su gravedad y por los cambios normativos recientes, cada caso se valora individualmente.

Cuándo NO es denuncia penal, sino juzgado de familia

Muchas situaciones que generan conflicto no son delito y se canalizan por la vía civil de familia, no por comisaría:

  • Incumplir puntualmente el régimen de visitas (retrasos, cambios de última hora): se reclama por la ejecución de la sentencia, y si es reiterado, cabe pedir una modificación de medidas. Lo trato también en el régimen de visitas.
  • Discrepancias sobre decisiones del menor (colegio, salud, actividades): se resuelven acudiendo al juez para que decida, no denunciando.
  • Desacuerdos sobre gastos ordinarios o extraordinarios: se reclaman por la vía civil.

Confundir estos supuestos con un delito lleva a denuncias que el juzgado archiva y que solo desgastan.

Qué pasa si denuncias sin fundamento

Este punto lo remarco siempre. Una denuncia sin base, presentada en caliente, puede volverse en tu contra: si se demuestra que era infundada o instrumental, resta credibilidad a tu posición en el procedimiento de familia y, en casos extremos, puede tener consecuencias para quien la interpone. Denunciar es una herramienta seria, no una forma de presionar al otro. Por eso conviene medir bien antes de dar el paso.

Cómo lo valoro yo cuando un cliente quiere denunciar

Cuando alguien llega al despacho decidido a denunciar al otro progenitor, no le digo ni que sí ni que no de entrada. Reviso tres cosas: si los hechos encajan en un tipo penal concreto, qué prueba real hay (mensajes, informes, testigos, resoluciones incumplidas) y si la vía penal protege mejor al menor que la de familia. A veces la respuesta es denunciar sin dudarlo; otras, es más eficaz ir por la ejecución o la modificación de medidas. La decisión se toma con el interés del menor por delante, no con el enfado del momento.

¿Dudas si lo que hace el otro progenitor es denunciable?

Cuéntame los hechos y te digo con franqueza si procede la vía penal o la de familia, y cómo protegemos mejor a tu hijo. Ejerzo en Albacete y Almansa.

Cuéntame tu caso

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo denunciar al otro progenitor?

Cuando su conducta constituye un delito: impago reiterado de la pensión (art. 227 CP), abandono de familia (art. 226 CP), sustracción del menor (art. 225 bis CP) o malos tratos (arts. 153 y 173.2 CP). Los incumplimientos que no son delito se resuelven en el juzgado de familia.

¿Es delito que el otro progenitor no pague la pensión?

Puede serlo. El impago de la pensión fijada judicialmente encaja en el art. 227 CP cuando se acumulan las mensualidades que exige la ley. Antes suele plantearse la ejecución civil de la sentencia.

¿Puedo denunciar si no me deja ver a mi hijo?

Depende. Un incumplimiento puntual del régimen de visitas se reclama por la vía de familia (ejecución o modificación de medidas). Retener o no devolver al menor de forma que encaje en la sustracción sí puede denunciarse penalmente.

¿Qué pasa si denuncio y luego se archiva?

Una denuncia sin fundamento puede restar credibilidad a tu posición en el procedimiento de familia y, si se acredita mala fe, acarrear consecuencias. Por eso conviene valorar la prueba antes de denunciar.

¿Denunciar o ir al juzgado de familia?

La vía penal es para los delitos; la de familia, para los incumplimientos de la sentencia o el convenio. Muchos conflictos entre progenitores se resuelven mejor por la vía de familia. Conviene analizar cada caso antes de elegir.

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Salvador González-Moncayo Cuevas

Salvador González-Moncayo es abogado experto en derecho de familia y penal. Con más de 10 años de experiencia en otros despachos jurídicos, actualmente es CEO de González-Moncayo Abogados. Licenciado en derecho por la UCAM de Murcia y con formación en Compliance Penal entre otros. Es además miembro de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) y del ICALBA

28 respuestas

    1. Hola .
      El que es el viudo de mi hermana,maltrata psicológicamente a mis sobrinos Tanto así que,si mayor,lo echo de casa.( Tiene 23 años)
      Pero aún tiene con el a la niña de 15,sirda ,z la Sue fruta a todas horas,la desatiende,la deja sola durante horas,etc…
      Le hemos ofrecido la posibilidad de que nos dé la custodia a la familia materna,pero se niega Es que si no,deja de cobrar subvenciones que le dan por tenerla
      Mi sobrina está fatal. Deprimida..triste y super agobiada ..que podemos hacer?

      1. Buenos dias, hay que tener en cuenta la situacióna actual y si ahora mismo existe un riesgo real para los menores. Si es asi y se puede demostrar, hay que luchar por esa custodia. Pero repito, tiene que haber pruebas reales y creíbles

  1. Buenos días,
    Mi esposa y yo estamos en proceso de separación, hasta ahora nos regimos por un cuadro que hemos hecho nosotros con la custodia al 50% de nuestro hijo de 3 años ya que todavia no tenemos el convenio regulador acordado.
    El problema es que cuando ella quiere viajar a ver a sus padres en Francia, se salta el acuerdo que tenemos entre nosotros sin contar conmigo y lo único que hace es enviarme el vuelo comprado para que sepa los días que el niño estará en Francia indicando que los abuelos tienen derecho a ver al nieto e ignora completamente los días que mi hijo debería estar conmigo.
    ¿Puedo hacer algo al respecto?

    1. Buenos dias y gracias por escribirnos. Mientras no tengais una Sentencia de un Juzgado que regule las relaciones con el hijo menor, lo que habéis acordado no tiene ninguna validez, por lo que tú o ella podéis hacer lo que queráis sin que se pueda reclamar el cumplimiento o en tu caso, el incumplimiento. Hay que pasar por el Juzgado cuanto antes. Un saludo

  2. Buenos días,
    Tengo 34 años y mi padre, divorciado de mi madre y con custodia compartida, dejó de tener relación conmigo hace 25 años y también dejó de pagar la pensión alimentaria. Nunca hubo denuncias al respecto y me da miedo que ahora que él es mayor, el Estado me obligue a hacerme cargo cuando no he tenido relación alguna desde los nueve años. ¿Hay algo dentro del derecho administrativo que pueda hacer?

      1. Cordial saludo
        El padre de mi hijo de 14 años le dió alcohol. Y el tiene la custodia y no quiere entregarmelo.
        Que debo hacer?
        Las pruebas incluyen el testimonio del menor y un audio donde el padre expone la situación.

        1. Buenos dias y gracias por escribirnos. Si la situación es lo suficientemente grave debeis ponerla en conocimento del Juzgado o la policia para que se actúe en consecuencia. Un saludo

  3. Buenas tardes,
    ¿Qué se puede hacer cuándo hay custodia compartida y el niño, 13 años, manifiesta querer vivir con la madre porque su padre lo deja sólo en casa durante horas y sin posibilidad de llamar por teléfono en caso de urgencia, porque cuándo la madre compra un móvil con tarjeta sim para el niño, el padre le prohibe contactar con la madre bajo amenaza de quitar el móvil?
    El padre se despreocupa de las actividades extra escolares como la Academia o el baloncesto y tampoco se hace cargo de la ortodoncia que necesita el crío.
    Un saludo

  4. Llevo 6 años divorciada y el padre no se hace cargo los fines de semana porque trabaja, cambió recientemente su turno al nocturno, además vive en la calle en un coche pero cobra un sueldo de 1900 €, contrato fijo en Mercadona, quisiera saber qué puedo hacer para regular esta situación pues aunque tenemos un convenio regulador siempre pone la excusa del trabajo, tampoco paga su parte de la hipoteca ni los gastos médicos como dentista o gafas. Puedo reclamarle de alguna manera estos gastos. Estoy en tratamiento pues esta situación me tiene desquiciada. Tampoco cumple con las vacaciones. Ya lo he denunciado por impago de pensión de alimentos y quisiera forzar la separación de bienes para poder comprar su parte de la casa. Tengo alguna posibilidad ?estoy desesperada, ayuda por favor 🙏🏾

    1. Buenas tardes y gracias por escribirnos. Todo incumplimiento de la Sentencia, se tiene que reclamar vía ejecución de Sentencia, reclamando el cumplimiento. Forzar la separación de bienes se ha de hacer mediante el procedimiento correspondiente de, entiendo, liquidación de sociedad de gananciales. Si necesitas más información o ayuda, no dudes en contactar con nosotros. https://gonzalezmoncayoabogado.com/consultas/
      Un saludo

  5. buenos dias me llamo daniela amparo, tengo 17 anos y mi madre me pega y me insulta y matrata fisica y emocionalmente , yo tengo problemas de conducta desde pequena es decir que por mala costubre ago lo q todo el mundo me decia y al final me arte de todo , y fui este verano a denunciar a mi madre y no me creeyeron ni nada ni con testigos ni pruevas , quisiera informacion para aver q puedo hacer q ahora esroy en rumania durante una temporada con sus papeles de la casa q estan haciendo aqui esperamos q en enero o febrero estemos en espana y me pongo en contacto con usted porque yo na mas llegar lo q quiero es escaparme a casa de alguna amiga pero si me pillan los guardias ns q pasara no quiero q me vuelvan a llevar a mi casa como la otra vez

    1. Buenos dias, lamento mucho tu situación, te aconsejo pedir ayuda en Servicios Sociales o en alguna organización tipo cáritas o cruz roja donde te podrán ayudar mejor. Un saludo y mucha suerte

  6. Hola, yo no se que hacer, tengo 13 años, y muchos trastornos como bulimia, depresión, ansiedad, tdah…
    Y creo que mis padres abusan de mi.
    Ellos me siguen a todas partes, se colocan demasiado cerca de mi, me siento acosada, cojen mis cosas sin permiso todo el tiempo, no respetan mi intimidad, me insultan, se meten con mi físico, y abusan emocionalmente de mi. Mi padre tiene depresión, y mi madre… no lo sé.
    Durante mi infancia, ellos no fueron un lugar seguro ni mucho menos.
    Ellos me crearon todas mis inseguridades, y me pegan mucho, me agarran y me empujan.Me dicen q no soy suficiente, y mi mejor amigo dice q llame al 016, pero no quiero llamar para hacer el tonto.
    Ns que debería hacer ni donde informarme.
    ¿Teneis alguna idea de que pd hacer?

  7. Hola mi nombre es Alejandra tengo 45 años , soy uruguaya pero estoy en España desde el 6 de agosto 2024 con 3 hijos, dos mayores y un menor de edad, y también se vino mi exmarido con el cual llevamos 8 años de separacion, padre de los 3 hijos, el acuerdo fue este….
    Llegué aquí con una acuerdo familiar para probar el país y ver si quedarme o irme y mi ex me dijo que no había problema que sino quería quedarme me volviera que el se quedaba aquí con su familia en españa. A los dos meses decidí volverme a través del consulado uruguayo de aquí en España pero ellos me piden autorización del menor por parte del padre y el desde entonces no me deja tranquila y tuve que denunciarlo el 11 de febrero de este año lo cual tengo cita judicial para abril ante un juez por malos tratos psíquicos, persecución en las calles, y si me llaman por teléfono me cela todo el tiempo y me dice de acá no te voy con mi hijo.
    Llevo 4 meses así luchando con esto y estoy viviendo super mal sin trabajo y mi ex que me hecha de la vivienda.
    Que me va a hacer la guerra constante para que no me salga con la mía de irme y que no la voy a ganar etc etc.
    Yo quiero retomar a mi país de origen con mi hijo cómo se acordó en su momento, como hago, puedo plantearlo el día de la cita y me podrán ayudar ?

    1. Buenos dias y gracias por escribirnos. Deberiamos mantener una reunión para analizar con detalle tu caso y poder ayudarte. Se debe tramitar judicialmente si quieres marcharte, bien por tus necesidades o deseo, bien porque se haya de pedir autorización expresa si el padre te la niega como parece. Si necesitas más información, contacta con nosotros y lo vemos con detalle. Un saludo

  8. hola que puedo hacer si tengo 17 años y mis padres no me dejan ver a mi novia y no paran de amenazarme con ponerla una denuncia

  9. Hola, dónde se presentaría una denuncia por negligencia o ausencia prolongada? En comisaría o en el juzgado como un tema de custodia? Es penal, civil..? Gracias

  10. buenas tardes, mi caso es el siguiente: el padre de mi nieto se encuentra en EEUU y el niño esta con su madre en España, el caso es que el padre se fue cuando el niño tenia apenas 4 meses de nacido al principio le mandaba cuando tenia supuestamente pero mi hija le cubre el 95% de todo lo que el niño requiere y el padre si acaso el 5% el siempre pone peros a la hora de enviarle la manutención al niño OJO le manda cada 4 o 5 meses y no completo; el caso es que quiero denunciarlo yo como su abuela materna y que debo hacer, gracias

    1. Buenos dias, la acción de reclamar el impago de pensión de alimentos debe ser iniciada por la madre que imagino que es quien tendrá la custodia. Usted como abuela podría reclamar sólo si tuviera esa custodia o hubiera asumido el cuidado del menor. Mucha suerte.

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